Tribunal Superior Electoral y Dirección de Contrataciones impartirán taller sobre “Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Pública”

1 marzo, 2022

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Buscan fortalecer los conocimientos sobre la Ley No. 340-06 Sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con y el registro de proveedores del Estado

SANTO DOMINGO, RD. El Tribunal Superior Electoral (TSE), y la Dirección General de Compras y Contrataciones a través del Centro de Investigación y Capacitación de Justicia Electoral y Democracia (CICJED), impartirá el taller de capacitación titulado, “Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Pública”.

El objetivo del taller es reforzar los conocimientos de los servidores de está alta corte, en lo que respecta a las normativas y estructuras del sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.

El taller dirigido a jueces, directores y encargados de áreas del TSE, se enfocará en varios puntos tales como procedimiento de contrataciones, etapas comunes a todos los procedimientos, comité de compras y contrataciones, procedimientos de selecciones ordinarias y de excepción.

También el abordaje del registro de proveedores del Estado, enmarcados en el alcance y registro de inscripción del PRE, así como las prohibiciones para contratar con el Estado, el sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (portal Transaccional) y el decreto 350-17 son otros de los temas que se abordarán, el taller que se impartirá el próximo jueves 17 de febrero, en horario de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde, en la sala de audiencia.

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 Sobre Ley 340

La ley en su artículo uno establece que, “Tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones, así como sus Modalidades”.

En su artículo dos,  “las regulaciones previstas en esta ley y sus reglamentos, los organismos del sector público que integran los siguientes agregados institucionales: El Gobierno Central; las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y no financieras; las instituciones públicas de la seguridad social; los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional;  las empresas públicas no financieras y financieras, y  cualquier entidad que contrate la adquisición de bienes, servicios, obras y concesiones con fondos públicos”.