Tribunal Superior Electoral declara inadmisible amparo contra el PRM y aplaza audiencia de impugnación en caso UDC

28 julio, 2023

Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible La Acción constitucional de Amparo incoada por el señor Gilberto Antonio Vargas Reyes contra la Comisión Nacional de Elecciones Internas del Partido Revolucionario Moderno (PRM). La decisión se basa en la existencia de otras vías judiciales para reclamar los derechos fundamentales presuntamente vulnerados, específicamente la impugnación contra actuaciones partidarias concretas.

La Alta Corte, integrada por el juez presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, adoptó la decisión conforme a lo establecido en el artículo 70, numeral 1, de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como el artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

Además, sustenta su decisión en el artículo 13, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, núm. 29-11, que le otorga competencia para conocer conflictos internos que surjan entre los partidos y organizaciones políticas reconocidos o entre estos, sobre la base de apoderamiento por una o más partes involucradas, en casos en que se violen disposiciones de la Constitución, la ley, los reglamentos o los estatutos partidarios. De igual forma, en el Artículo 95 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales que permite la impugnación contra actuaciones partidarias concretas. Los miembros y las organizaciones políticas reconocidas, que tengan interés legítimo y jurídicamente protegido, podrán impugnar ante el Tribunal Superior Electoral los actos u omisiones de naturaleza político-electoral de partidos, agrupaciones o movimientos políticos que vulneren la Constitución de la República, las leyes, los reglamentos de la Junta Central Electoral, los estatutos y reglamentos partidarios.

 

Demanda en impugnación y nulidad de sentencia disciplinaria 

En otra audiencia, el Tribunal Superior Electoral aplazó para el día nueve (9) de agosto el conocimiento de la «Demanda en Impugnación y Nulidad de Sentencia Disciplinaria» interpuesta por el señor Nelson Yoel Avalo Peña contra el Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC) y Luis Fernando Acosta Moreta.

Los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente de la Alta Corte; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz pospusieron la audiencia a solicitud de las partes, quienes solicitaron un plazo de cinco (5) días para una comunicación recíproca de documentos, el cual, les fue otorgado.